Cómo cancelar y corregir
un CFDI de Nómina.

El recibo de nómina se corrige con el mismo motivo 01, pero juega con reglas propias: no requiere la aceptación del trabajador, se re-timbra con los datos buenos, y tiene una fecha límite distinta — la regla del 28 de febrero para arreglar nómina del año pasado. Pensada para quien procesa la nómina.

Vigente Lectura ≈ 8 min RMF 2.7.5 · Complemento Nómina 1.2

Por qué la nómina es distinta.

Un recibo de nómina es un CFDI tipo N (Nómina): documenta el pago de sueldos y, dentro, el ISR retenido, el subsidio al empleo y las cuotas. Por eso corregirlo no es solo "rehacer una factura": mueve cifras que terminan en la declaración anual del trabajador y en tu declaración informativa.

Dos diferencias clave frente a una factura normal:

  • No requiere aceptación del receptor. El trabajador no tiene que entrar a un buzón a aceptar la cancelación; los CFDI de nómina están en la lista de excepciones.
  • Tiene una fecha límite especial para corregir lo del ejercicio anterior (la regla del 28 de febrero, más abajo).
El término que vas a oír

En nómina se habla de "re-timbrar": volver a emitir el recibo con los datos correctos y cancelar el equivocado. Es exactamente una sustitución con motivo 01, aplicada a un recibo.

Cuándo cancelar y cuándo no.

Se re-timbra cuando el recibo tiene un error que cambia el contenido fiscal:

Sí re-timbrasNormalmente no hace falta
RFC, CURP o nombre del trabajador mal. Errores de dato meramente informativo que no afectan importes ni identificación fiscal (revisa caso por caso).
Percepciones o deducciones equivocadas (monto, clave, gravado/exento).
ISR retenido o subsidio al empleo mal calculados.
Fecha de pago, periodo o tipo de régimen incorrectos.

La regla de oro: re-timbrar.

Igual que con cualquier sustitución (motivo 01), el orden no se invierte:

  1. Primero emites el recibo nuevo (correcto), relacionándolo con el que vas a cancelar mediante TipoRelacion "04 — Sustitución de los CFDI previos" y el UUID del recibo con error.
  2. Después cancelas el recibo viejo con motivo 01, capturando el UUID del nuevo como sustituto.
Por qué primero el nuevo

El servicio de cancelación te pide el UUID del comprobante que sustituye al cancelado. Ese folio solo existe cuando ya timbraste el recibo correcto. Sin él, el sistema no te deja cancelar con motivo 01.

Paso a paso.

  1. Detecta el error y localiza el UUID del recibo mal timbrado.
  2. Corrige en tu sistema de nómina los datos (importes, claves, RFC, fechas).
  3. Emite el recibo nuevo con TipoRelacion 04 y el UUID del recibo a cancelar. Timbra.
  4. Anota el UUID del nuevo recibo.
  5. Cancela el recibo con error en el servicio del SAT (o desde tu PAC), motivo 01, capturando el UUID del sustituto. Al ser nómina, se cancela sin esperar aceptación.
  6. Verifica el estatus en verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx: el viejo Cancelado, el nuevo Vigente.
  7. Entrega el recibo corregido al trabajador y reemplázalo en tus archivos.

La regla del 28 de febrero.

Esta es la particularidad más importante de la nómina. Si descubres errores en recibos del ejercicio anterior, el SAT te permite corregirlos re-emitiéndolos a más tardar el 28 de febrero del año en curso, y esos recibos corregidos se consideran del año al que corresponden para efectos fiscales.

En cristiano, con un ejemplo:

Ejemplo

Procesaste mal el ISR de varios recibos de 2025. Si los re-timbras antes del 28 de febrero de 2026, cuentan como nómina de 2025 y tu declaración anual e informativa salen cuadradas. Si lo dejas pasar, ya no puedes acomodarlos al 2025 y la corrección se complica.

Por qué importa tanto

De esos recibos depende la declaración anual del trabajador y el cálculo del ISR del ejercicio. Un acumulado mal arrastrado le puede generar al empleado un saldo a cargo o perderle un saldo a favor. Por eso la revisión de nómina de cierre de año es crítica — y tiene fecha.

Cuida los acumulados.

Al re-timbrar, lo que cambia no es solo "ese" recibo: cambian los acumulados del año (percepciones gravadas, exentas, ISR retenido, subsidio). Antes de dar por cerrada la corrección:

  • Confirma que el ISR retenido del ejercicio cuadra tras el cambio.
  • Revisa el subsidio al empleo aplicado vs. el que correspondía.
  • Verifica que los totales anuales que reportas coincidan con la suma de recibos vigentes (sin contar los cancelados).
  • Si el error venía de varios periodos, corrige todos los recibos afectados, no solo el último.

Errores comunes.

  1. Cancelar el recibo sin emitir el sustituto primero. No tendrás el UUID que pide el motivo 01.
  2. Creer que el trabajador debe "aceptar". La nómina se cancela directo, sin buzón del receptor.
  3. Pasar del 28 de febrero para corregir el ejercicio anterior. Después, ya no acomoda al año correcto.
  4. Corregir un solo recibo cuando el error venía arrastrado de varios periodos. Los acumulados quedan mal.
  5. No relacionar (TipoRelacion 04) el recibo nuevo con el cancelado.
  6. Olvidar reentregar el recibo corregido al trabajador y dejar el viejo en archivo.

Guías relacionadas.

TemaRecurso
Cancelar un CFDI de Ingreso o REP Guía de sustitución
Cómo se llena un CFDI (base) Guía base
Calendario fiscal (fechas clave) Calendario interactivo

Fuentes oficiales.

  • RMF vigente, reglas 2.7.5 — expedición y corrección de CFDI de nómina, incluida la facilidad de re-emisión al 28 de febrero.
  • RMF, regla 2.7.1.39 — la nómina entre los supuestos que no requieren aceptación para cancelar.
  • Guía de llenado del Complemento de Nómina 1.2 (SAT).
  • Catálogo c_MotivoCancelacion del Anexo 20.
  • Verificador CFDI: verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx.

¿Nómina del año pasado con errores y se acerca febrero?

Mándanos el caso por WhatsApp. Revisamos qué recibos hay que re-timbrar y los acumulados, sin compromiso.